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Consejo Escolar

LOE-LOMCE. «Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar.
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»

Composición:

  • Director
  • Secretario
  • Jefe de Estudios
  • Siete representantes de los Profesores
  • Tres representantes de los Padres de Alumnos
  • Cuatro representantes de los Alumnos
  • Un representante del Personal de Administrción y Servicios
  • Un representante del Ayuntamiento 

 Presidente

    

     David Pérez López

 Secretaria

    

     Sara Hernández González

 Jefe de Estudios

    

     María Rubio Domínguez

Representantes del profesorado

 

     Ana Villegas Puerto

 

     José María Domínguez Pulido

 

     Carolina Sánchez Iglesias

 

     María Garrido Pulido

 

     Montaña Bachiller Burgos

 

     Juani Rivera Garrido

    

      Miguel Ángel González García

Representantes de padres y madres

 

     Mariluz Rivera Calvo

 

     María Estela Alcón Jorge

 

      Florentina Martín Cortés (AMPA)

Representantes del alumnado

 

     Carla Orozco Clemente

 

     Diego Campos Quijada

 

     Lucía Cabanillas de Cáceres

 

      Erika Gómez González

Representante Personal No Docente

     

      César Osuna Hermoso

Representante Municipal

    

      Tamara Clemente Quijada

 

Localización

 

 Coordenadas GPS

  Latitud:       40.089045  

  Longitud:    -6.353767

Documentación Interna

Aqui tenemos información sobre documentos internos

 

                       DOCUMENTOS PARA LOS PADRES Y MADRES Y/O TUTORES LEGALES.

                                        DOCUMENTOS PARA EL PROFESORADO DEL CENTRO

PROFESORES